Perduellis de la administración semicolonial

Por Juan Facundo Besson

La verdad es la luz y en la luz los malandras aparecen en toda su repugnante podredumbre. Así los ha vencido Torres; denunciándolos ante el pueblo, desnudándolos para que este los conociera en su miseranda realidad”

Amancio González Paz, prólogo a La década infame de José Luis Torres

“El imperialismo británico es una forma de egoísmo nacional que se disfraza de altruismo”

G. K. Chesterton, en La herejía (1905).

I. Diplomacia gourmet para vasallos con pedigrí

II. De la carta en representación de los hacendados al conflicto del 1982

III. Urnas para la capitulación

Bologna, A. (1991). La cuestión Malvinas en la política exterior argentina: 1983-1991. FLACSO.

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Torres, J. L. (1943). Los Perduellis. Buenos Aires: Padilla & Contreras.

1 El llamado “Acuerdo Mondino-Lammy” no es otra cosa que la reedición, con moño verde y sonrisa diplomática, del viejo Foradori-Duncan: vuelos para abastecer el enclave colonial, cooperación en pesca para que ellos sigan saqueando, exploración petrolera disfrazada de sostenibilidad y un conveniente uso humanitario de los Caídos para darle barniz sentimental a la entrega. Todo, claro está, sin pasar por el Congreso, como corresponde a las mejores tradiciones de la diplomacia sumisa. Mondino, en lugar de defender la soberanía, optó por garantizarle a Londres logística, legitimidad y continuidad colonial, mientras en Córdoba y en la Patagonia preparan la alfombra roja para el próximo embajador imperial.

2 Entre 1669 y 1671, el corsario y navegante británico John Narborough lideró una expedición que incluyó una escala clave en Puerto Deseado, en la actual provincia de Santa Cruz. Allí, tras fingir un naufragio para obtener provisiones, Narborough intentó obtener información sobre las defensas españolas y la geografía del litoral patagónico.

3 Puerto Egmont, fundado en 1765 por la expedición del comodoro británico John Byron, fue el primer intento formal del Reino Unido por plantar bandera en las Islas Malvinas, bajo la clásica fórmula imperial: llegar sin invitación, clavar el mástil, nombrar la zona como si fuera un pub londinense y esperar que la geografía y el derecho internacional se adapten al mapa británico. La ocupación fue tan sutil como un desembarco armado, y aunque España logró desalojarlos en 1770, la diplomacia de la época –esa mezcla de hipocresía cortesana y cañonazos de advertencia– terminó permitiendo su regreso temporal al año siguiente. Finalmente, en 1774, Londres se retiró por motivos económicos, dejando una placa como testimonio de su “derecho eterno” sobre las islas, porque si algo sabe hacer el Imperio es retirarse a tiempo… para volver cuando convenga.

4 Las becas Chevening, ese generoso regalo del Reino Unido para “formar líderes” argentinos, no son más que una versión sofisticada del viejo truco imperial: te invito a estudiar en Londres, te doy alojamiento y comida, y de paso te contrato para que, cuando vuelvas, seas el vocero entusiasta de los intereses británicos en tu propio país. Todo envuelto en un lazo de “desarrollo profesional” e “intercambio cultural”, pero con la misma intención de siempre: asegurarse que la próxima generación de funcionarios locales piense, actúe y defienda con entusiasmo la agenda de la Corona, mientras agradecen haber probado las empanadas del Reino Unido.

5 Los Pactos de Mayo de 1902, esa brillante muestra de cómo dos países sudamericanos decidieron con gran pompa limitar su propio poder naval para evitar que la “paz” no fuera otra cosa que la aceptación servil de la hegemonía británica en la región. Mientras Argentina y Chile se miraban con recelo, acordaron amablemente no armarse demasiado, porque, claro, ¿para qué molestarse en defender su soberanía cuando podían seguir siendo meros espectadores en el gran tablero imperial? Así, con un tratado de arbitraje y un protocolo para frenar su propio crecimiento militar, ambos países sellaron un pacto de sumisión diplomática que no sólo evitó la guerra, sino que garantizó que las potencias reales siguieran manejando los hilos desde Londres. Una paz de salón, diseñada para mantener la colonia intacta, mientras las élites locales aplaudían el equilibrio del poder que, en realidad, nunca les perteneció.

6 El concepto de “nación en armas” fue formulado por el general prusiano Colmar von der Goltz en su obra Das Volk in Waffen (1883), donde planteaba que en la guerra moderna la defensa nacional debía involucrar a toda la sociedad, integrando a civiles y militares en un modelo de “guerra total” con un liderazgo autoritario militarizado. Juan Domingo Perón retomó esta noción en su conferencia de 1944, adaptándola al contexto argentino para promover la participación activa del pueblo en la defensa nacional como un mecanismo para fortalecer la unidad y la justicia social. En el pensamiento peronista, la “nación en armas” implica que la soberanía e independencia se alcanzan mediante la movilización organizada del pueblo, con el Estado como eje articulador de ese proceso.

7 La Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de la ONU (14 de diciembre de 1960), también conocida como Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, proclamó la necesidad de poner fin de manera rápida e incondicional al colonialismo en todas sus formas. Afirma que la sujeción de pueblos a dominación y explotación extranjeras es contraria a la Carta de la ONU y compromete la paz mundial, reconociendo el derecho inalienable de todos los pueblos a la libre determinación y a disponer de sus riquezas y recursos. Además, exige cesar toda acción armada o represiva contra los territorios dependientes y transferirles el poder sin condiciones, respetando su unidad nacional e integridad territorial, para garantizar su libertad absoluta e independencia plena.

8 La Resolución 2065 (XX) puso en blanco y negro lo que Londres quería seguir escribiendo en tinta invisible: reconoció que las Islas Malvinas (Falkland Islands, según la toponimia imperial) son un caso de colonialismo y llamó a Argentina y al Reino Unido a sentarse a negociar la soberanía “sin demora”, teniendo en cuenta los intereses de los isleños pero también el mandato de descolonización de la Resolución 1514. En otras palabras, la Asamblea General tiró de las orejas al Reino Unido y le recordó que el siglo XIX había terminado… aunque en Londres parecieran no haberse enterado.

9 El go es un antiguo juego de estrategia para dos jugadores originario de China hace más de 2.500 años, que se juega sobre una cuadrícula (generalmente de 19×19 líneas) con piedras negras y blancas colocadas en intersecciones vacías. El objetivo no es dar jaque mate, como en el ajedrez, sino rodear y retener territorio, capturando piedras rivales al cercarlas completamente . Cada pieza permanece allí hasta que pierde su última “libertad” –una intersección adyacente vacía– tras lo cual es removida; el jugador que termina con el mayor territorio controlado vence. Este juego exige un pensamiento fluido y estratégico, donde cada colocación influye en la expansión del propio espacio y en la limitación del adversario, creando una dinámica de cierre territorial progresivo donde la victoria se logra asfixiando tácticamente al oponente

10 La Resolución 502 del Consejo de Seguridad de la ONU, aprobada el 3 de abril de 1982, llegó justo cuando Argentina intentaba recuperar lo que históricamente le pertenece: las Malvinas. Pero lejos de buscar justicia, el Consejo, con la usual complicidad de potencias como Reino Unido y Estados Unidos, exigió el “cese inmediato de hostilidades” y la retirada argentina, como si quienes invadían fueran los legítimos dueños y no quienes defendían su soberanía. Mientras Londres agitaba el fantasma de la “amenaza” argentina, disfrazando la ocupación colonial con discursos de paz y legalidad, Argentina denunciaba ante el mundo la usurpación y su derecho a la defensa. Entre abstenciones, negligencias propias y votos cómplices, la resolución legitimó la tiranía colonial y frustró, una vez más, las aspiraciones argentinas, dejando claro quién manda realmente en ese tablero del Atlántico Sur.

11 ​​La Disposición Transitoria Primera de la Constitución Argentina, incorporada en la reforma de 1994, reafirma la soberanía del país sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, incluyendo sus espacios marítimos e insulares, y declara que forman parte integral del territorio nacional. Además, establece que la recuperación y el pleno ejercicio de dicha soberanía son un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del derecho internacional, consolidando así el reclamo nacional como una cuestión central para la nación.

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